Antes de empezar a mencionar los principios, debemos realizarnos la siguiente pregunta:
¿Para qué sirven los principios de la constitución?
- Sirven para una optima interpretación.
Tenemos cinco principios para interpretar la constitucion:
Principio de Unidad:
Es válido si no se contradice a otro.
Toda constitución debe interpretarse de manera unánime sin contradicciones, como como
compartimientos estancos, que significa: Cada uno opera de diferente manera; pero la constitución no puede operar de manera aislada a las normas de menor jerarquia, sino de forma sistematica.
Es válido si no se contradice a otro.
Toda constitución debe interpretarse de manera unánime sin contradicciones, como como
compartimientos estancos, que significa: Cada uno opera de diferente manera; pero la constitución no puede operar de manera aislada a las normas de menor jerarquia, sino de forma sistematica.
2 Principio de Conocimiento Práctica: Cuando hay
conflictos entre preceptos no sacrificar a ninguno. Se debe elegir el más favorable
para la persona; es aquí donde se da la figura del “PRINCPIO DEL IURA NOVIT
CURIA”- El
Juez aplica la norma. Por ejemplo: La continuidad y prontitud del ejercicio de la funcion constitucional.
Principio de Corrección Funcional:
Cada órgano constitucional tiene una función.
Es válido en la medida de que no choque con competencia funcional. Por ejemplo: El Poder Judicial no puede legislar leyes, ese poder es exclusivo del Poder legislativo.
Principio de Eficacia Integradora:
Tiene que ser convergente; es decir, no tiene que contradecirse a las leyes, no pueden estar aislados de los artículos de la constitución.
Principio de Fuerza Normativa:
Todos los peruanos tienen el deber de cumplir y honrar al Perú, así se encuentra estipulado en el art.38° de nuestra constitución. PRINCIPIO DE ERGA OMMES "PARA TODOS" "FRENTE A TODOS"
Comentarios
Publicar un comentario